jueves, 4 de septiembre de 2014

¿Que es un Residuo Patogénico?

Son considerados Residuos Patogénicos aquellos que pueden provocar una enfermedad infecciosa o contaminar el Medio Ambiente. 

El residuo contiene potencialmente MICROORGANISMOS PATOGENOS  con suficiente virulencia y en tal cantidad, que la exposición al mismo por parte de un huésped susceptible puede derivar en una enfermedad infecciosa.

Entre los distintos tipos de Residuos Patogénicos podemos nombrar:
  • Jeringa
  • Guantes Usados
  • Restos de Sangre
  • Fluidos Humanos y de Animales
  • Restos de Organos
  • Elementos Corto-Punzantes Contaminados


y todo aquel material que haya tenido contacto con microorganismos potencialmente Patogenos.

El residuo Patogenico puede producir contaminación y enfermedades si no se lo maneja adecuadamente. Estos residuos deben segregarse en Bolsas Rojas Especiales, los que son corto-punzantes, deben disponerse previamente en envases rígidos y luego en bolsas. Las mismas deben transportarse y tratarse por operadores autorizados.

Los tipos de tratamientos que pueden hallarse en nuestros país son:

  • Incineracion
  • Autoclave
  • Radiondas
  • Irradiacion por Co


La regulación de la generación, manipulación, almacenamiento, recolección, tratamiento y disposición final de los residuos esta encuadrada bajo la siguiente legislación:

  •  Nación:
Rige la Ley Nacional de Residuos Peligrosos N° 24.051 y su Dec. Reglamentario 831/93

  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 
Ley N° 154 y su Dec. Reglamentario N° 1886/01

  • Provincia de Buenos Aires.
Ley N° 11347 y su Dec. Reglamentario 450/94 modificado por Dec. 403/97

Divide a los residuos en: 
  1. Residuos Patogenicos Tipo A (Generados por un establecimiento asistencial, provenientes de tareas de administración o limpieza general de los mismos, depósitos, talleres, de la preparación de alimentos, embalajes y cenizas)
  2. Residuos Patogenicos Tipo B (Desechos o elementos materiales en estado solido, semisolido, liquido o gaseoso, que presenta características de toxicidad y/o actividad biologica).
  3. Residuos Patogenicos Tipo C (Residuos radioactivos de métodos diagnósticos, terapéuticos o de investigación que pueden generarse en servicios de radioterapia, medicina por imágenes, ensayos biológicos, u otros)
Cada uno de los distintos tipos deberá disponerse transitoriamente en bolsas de determinadas características y rotulados según tarjetas de control que establece el Anexo IV de la reglamentación y luego disponerse mediante operadores autorizados.

Existen 3 registros: De generadores, de transportistas, y de tratadores, para el 1° la autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud de la Prov. de Bs. As. y para los otros 2 es la Secretaria de Política Ambiental de la Prov. de Bs. As.

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